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NOTICIAS JUNIO 2008
         
 

Medios de comunicación retoman actividades en las que participó el Lic. Morales Carazo

(2 de junio). La publicación Bolsa de Noticias hace eco de la información del sitio Web de la Vice Presidencia, ya que recoge una foto en la que el Lic. Jaime Morales Carazo, entrega una pintura de Rubén Darío, obra del destacado maestro nicaragüense Róger Pérez de la Rocha al nuevo Presidente de la República de China (Taiwán), Dr. Ma Ying-jeou, obsequio del Presidente Cdte. Daniel Ortega Saavedra.

El Vice Presidente hizo la entrega de dicha obra durante la toma de posesión del nuevo Presidente de Taiwán, el pasado 20 de mayo, en la ciudad de Taipei. Por su parte el Lic. Morales Carazo, obsequió a su homólogo taiwanés Dr. Vicent Siew otra obra de arte del mismo autor.

En tanto, el diario La Prensa, en la Sección economía publica una foto nota sobre el cóctel de honor ofrecido a los SubSecretarios Adjuntos de los Departamentos de Comercio y del Tesoro, Sres. Walter Bastian y Brian O´Neill, quienes participaron en el Foro Nacional sobre Competitividad e Inversión en Nicaragua. En la gráfica aparecen el Lic. Morales Carazo, el Presidente de la Cámara de Comercio Americana de Nicaragua (AMCHAM), Lic. César Zamora, el Sr. O´Neill y el Embajador de Nicaragua en Washington, Dr. Arturo Cruz.

En el mismo periódico, en la Sección Nacionales, aparece una información titulada "Gobierno a control remoto", en la que se alude al Vice Presidente, comentándose que ha permanecido, como hasta ahora, "ausente" en lo que respecta a funciones que corresponden exclusivamente al Despacho Presidencial, en caso de ausencia del Primer Mandatario contemplada en nuestra Carta Magna.

Sobre el particular el Lic. Morales Carazo expresó lo siguiente: Que sus funciones y atribuciones están muy claramente definidas en la Constitución de la República, al igual que otras actividades que le ha delegado discrecionalmente el Presidente Cdte. Ortega, de conformidad con la Ley, por lo que el cumple a cabalidad con las mismas. Por otro lado, se aclara que las ausencias temporales no mayor a 15 días no establecen la obligatoriedad de que el titular del Ejecutivo delegue sus funciones en el Vice Presidente.


 
     
 
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